RENOVACIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR

Durante este curso, corresponde renovar el Consejo Escolar, en el sector de padres que estaba sin representación y en el de otros miembros.

El curso pasado, no hubo representante de padres en el Consejo, ya que en el proceso de renovación , no se presento ningún padre / madre.

Desde esta página os animo a participar, como máximo tres veces al año y son sesiones muy cortas.

EL PROCESO

LA JUNTA ELECTORAL:  se constituye con un representante de cada sector: padres, profesorado y personal de servicios.

Su misión es velar para que el proceso electoral se haga según la normativa, por lo que deberá:

  • Aprobar los censos electorales de cada sector
  • Concretar el calendario electoral del centro
  • Ordenar el proceso electoral
  • Adoptar medidas que faciliten la participación en el proceso.
  • Admitir y proclamar las candidaturas
  • Promover la constitución de las distintas mesas electorales
  • Acreditar a los supervisores del proceso de votación
  • Recibir los votos emitidos por correo
  • Resolver las reclamaciones presentadas sobre las decisiones de la mesa electoral
  • Proclamar los candidatos elegidos y remitir las actas de resultados de las votaciones  de las mesas electorales y de la proclamación de candidatos a la Dirección General competente.

 

LA MESA ELECTORAL: esta integrada por la Directora del centro que actúa como presidente y dos padres o madres designados por sorteo.

Su función será el día de la votación, velar para que el proceso sea correcto.

  • Que haya papeletas  de los candidatos
  • Comprobar en el censo que los votantes son padres madres o tutores del alumnado
  • Escrutar los votos al finalizar el proceso
  • Firmar el acta con los votos obtenidos por los candidatos
  • Otras funciones ( ver orden 17/2010 de 12 de julio B.O.R. número 85)

 

 

CONSEJO ESCOLAR

Una vez realizado el proceso de elección de cada uno de los representantes de los sectores, se constituye el consejo escolar

Si desean consultar   la resolución del 1 de septiembre, pinche  RESOLUCIÓN 1 DE SEPTIEMBRE 2015

 

 

 

 

 

 

 

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